Condiciones
Consideraciones Generales
Sistema de Reservas de Aerolíneas Argentinas
Antes de efectuar tu reserva o consultar nuestros horarios y tarifas, te sugerimos leer atentamente las siguientes condiciones generales de nuestro Sistema de Reservas y compras On-line.
1. Consultas
Para consultar horarios, disponibilidad y/o tarifas de los vuelos de Aerolíneas Argentinas S.A. (“Aerolíneas Argentinas”) y/o aquellos operados por las Compañías asociadas, no es necesario que dejes tus datos personales ni tu número de tarjeta de crédito.
2. Condiciones de los billetes ante cambios o devolución
Si su billete posee distintos tipos de tarifas, se aplicarán las condiciones de cambio y de devolución de la tarifa más restrictiva.
Asimismo, deberá tener en cuenta que en caso de haber seleccionado una tarifa de ida y vuelta (denominada "Round Trip") y en caso de que dicha tarifa posea reintegro, sólo procederá la devolución de la totalidad del billete de no haber utilizado ninguno de los vuelos contratados. Es decir, de no haber iniciado el viaje.
En el supuesto de haber utilizado el billete en forma parcial, se descontará el valor del tramo utilizado tomando como base una tarifa de ida (denominada "One Way"), y se procederá al reintegro del remanente si lo hubiere. Ello, en tanto se trata de una tarifa especial Round Trip que no puede ser dividida por mitades exactas.
La devolución sólo se podrá solicitar dentro del período de validez del ticket (12 meses desde su fecha de emisión).
La devolución de la percepción a cuenta del Impuesto a los Bienes Personales/Ganancias (S5) que fuera derogada por la RG 5463/23 sólo puede reclamarse a la AFIP.
• Cambios realizados antes del inicio del viaje: se actualizará la tarifa, impuestos y tipo de cambio de todo el itinerario de acuerdo a los valores y conforme a las regulaciones vigentes en el momento de realizar el cambio. Adicionalmente, se aplicará la penalidad que pudiere corresponder de acuerdo a las condiciones de la tarifa adquirida originalmente.
• Cambios realizados luego de iniciar el viaje: se respetarán las condiciones vigentes al momento de la emisión del ticket en relación con las tarifas, tipo de cambio e impuestos. Sin embargo, se aplicará la penalidad que pudiere corresponder de acuerdo a las condiciones de la tarifa adquirida originalmente así como la diferencia de tarifa del/los tramo/s no volado/s, si corresponde, ajustada según el tipo de cambio vigente del día en el que se lleve a cabo el cambio.
2.1 Condiciones de los billetes Aerolíneas Plus ante devoluciones
Si emitiste tu ticket por canje de millas del Programa de Aerolíneas Plus, sólo podrás solicitar el reintegro si la clase que seleccionaste lo permite y si no usaste ninguno de los tramos, ya que no se encuentran permitidas las devoluciones parciales.
3. Reservas, Pagos y Emisión
Ante una combinación de distintos tipos de tarifas en un mismo billete, se aplicarán las condiciones de devolución de la tarifa más restrictiva.
Pago y emisión on-line
Podés realizar una reserva de hasta nueve (9) pasajeros por aeronave, en vuelos de Aerolíneas Argentinas y/o aquellos operados por las Compañías asociadas.
Podrás abonar tus reservas realizadas en nuestra página web con cualquiera de nuestros medios de pago habilitados para emitir tu ticket electrónico.
Una vez efectuado el pago, recibirás un e-mail con los datos de tu reserva y el comprobante de pago.
Devoluciones
Si tu tarifa admite devolución, debes solicitarla a través del formulario online creado a tal fin. Te informaremos las condiciones de la tarifa que selecciones al momento de efectuar la reserva.
El cargo de gestión (fee de emisión) no posee devolución.
Cambios:
Están permitidos si así lo dispone la regulación de la tarifa que selecciones, la que te será informada al momento de efectuar la reserva.
Condiciones generales:
Será responsabilidad exclusiva del cliente, realizar sus compras con Aerolíneas Argentinas o Agentes de Viajes Autorizados. Aerolíneas Argentinas no se responsabilizará por las actividades realizadas por terceros no autorizados.
Pagos con tarjeta de crédito/débito:
La transacción será cursada y debitada tan pronto hagas click en el botón PAGAR.
Nuestro sitio web www.aerolineas.com, opera a través de diferentes comercios según el país y algunas tarjetas/bancos podrán aplicar cargos adicionales ante transacciones internacionales. Para mayor información, te sugerimos efectuar la consulta a tu banco emisor antes de efectuar la compra.
Dentro de las 24 horas de efectuada la compra o hasta 4 horas antes de la partida del vuelo (lo que ocurra primero), en el caso de encontrar inconvenientes con el medio de pago propuesto, que evite su efectivo pago
, Aerolíneas Argentinas se reserva el derecho de cancelar la compra y emisión de pasajes aéreos y servicios adicionales, en cuyo caso realizará el reembolso del 100% de los cargos asociados. Este reembolso será procesado de inmediato y los plazos de acreditación dependerán del banco emisor de la tarjeta, pudiendo ser de hasta 30 días corridos.
En caso de que Aerolíneas Argentinas cancele tu compra, te lo comunicaremos al correo electrónico que hayas consignado en el momento de realizar la reserva. La reserva de los asientos, tendrá un plazo límite de 24 horas, permitiéndote la posibilidad de efectuar un nuevo pago (con el mismo o distinto medio de pago, según el caso), pero tendrás que realizarla exclusivamente en forma presencial en las Oficinas Comerciales de Aerolíneas Argentinas o en los Aeropuertos. Cumplidas las 24 horas sin que hayas realizado una nueva compra de manera presencial, los asientos reservados volverán a estar disponibles para su venta.
Aerolíneas Argentinas se reserva el derecho de requerir la presencia del pagador junto con la presentación de su documento de identidad y la tarjeta de crédito/débito utilizada para la compra del ticket en cualquier momento. Ante la imposibilidad de su presentación, se te brindará la posibilidad de abonarlo en forma presencial con otro medio de pago y solicitar la devolución proporcional del importe abonado con anterioridad
Aerolíneas Argentinas se reserva el derecho de denegar embarque y/o utilización del servicio en caso de incumplimiento de cualquiera de las condiciones de compra con tarjeta de crédito/débito aquí detalladas, conforme estipulan las Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo. (Resolución Nro. 1532/98 ex M.E. y O. y S.P).
Intereses por mora
En el caso de que: (i) hubieras abonado la tarifa contratada parcialmente; o (ii) que el medio de pago utilizado hubiera sido rechazado por la administradora de la tarjeta; o (iii) que el pago hubiera sido dejado sin efecto por el pagador, o (iv) si el billete de pasaje se obtuvo por medios ilícitos; deberás abonar un interés por mora a partir de la fecha en que los Adquirentes le descontaron a Aerolíneas Argentinas esa venta, sin interpelación alguna, equivalente a la Tasa Activa de Carteras General Diversas que publique el Banco de la Nación Argentina (www.bna.com.ar), vigente al momento del efectivo pago. (CFT: Tasa Activa de Carteras General Diversas del Banco de la Nación Argentina, TNA vencida con capitalización cada 30 días + IVA, vigente al efectivo pago).
Cargo Gestión de Recupero
Aerolíneas Argentinas contactará por diferentes medios a los pasajeros que adeuden billetes, en virtud de cualquiera de los supuestos enumerados en el punto anterior. Si luego del tercer contacto no queda regularizada tu situación, se adicionará a tu deuda un cargo administrativo denominado Gestión de Recupero en concepto de compensación del gasto por gestiones de cobranza extrajudiciales, envío de carta documento, traslado de penalidades o tarifa por el contracargo de las administradoras y/o bancos adquirentes de tarjetas de crédito y débito u otros medios de pago electrónicos. El valor del cargo administrativo por Gestión de Recupero oscilará entre un mínimo de una sexta parte y máximo de medio módulo de lo establecido en el artículo 35 del Decreto 1344/2007 y sus modificaciones (más IVA e IIBB vigente al efectivo pago).
Recupero de Gastos Legales
Ante tu negativa de pago de la deuda, se procederá a judicializar el caso debiéndose abonar oportunamente los gastos, costos y costas del proceso.
Menores No Acompañados
Para efectuar una reserva para menores que deban viajar solos deberás comunicarte con nuestro Call Center al +54 11 5199-3555.
Vuelos Nacionales / Regionales / Internacionales
Los menores de entre 2 a 5 años sin cumplir deberán viajar obligatoriamente acompañados por sus padres o responsables a cargo. No se podrá optar por el servicio de Menor no acompañado.
Los menores de 5 a 12 años sin cumplir:
• Viajando sin acompañante: deberán solicitar el servicio de menor no acompañado.
• Viajando con acompañante mayor de 18 años: No requiere el servicio de menor no acompañado.
Artículos restringidos
Hace click aquí para conocer los objetos que no podrás embarcar ni despachar.
Responsabilidades
Si tu viaje incluye un destino o parada en un país que no sea el de salida, se puede aplicar el Convenio de Montreal de 1999, según corresponda, que en la mayoría de los casos limitan la responsabilidad de los transportadores por muerte o daño personal y con respecto al equipaje dañado o extraviado.
Si tu viaje se inicia y termina dentro del territorio argentino, sin escalas previstas en el exterior, se aplica el Código Aeronáutico de la República Argentina que, en la mayoría de los casos, limita la responsabilidad de los transportadores por muerte o daño personal y con respecto al equipaje dañado o extraviado.
En cuanto no se contrapongan con las normas antedichas, las Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo (Resolución 1532/98 MEyOySP) que forman parte de este Contrato y pueden ser consultadas en http://mepriv.mecon.gov.ar/Normas/1532-98.htm , regulan todo lo relativo a los derechos y obligaciones de las partes.
Te recordamos que es tu responsabilidad consultar la documentación necesaria para salir del país y para desembarcar en el punto de destino previamente a realizar su viaje, y que deberás verificar el cumplimiento de las regulaciones, disposiciones y requisitos de viaje de los países desde y hacia los cuales viajarás como así también con las disposiciones del transportador; en caso de no presentar dicha documentación al momento de embarque la empresa podrá denegarte el transporte, sin hacerse responsable por los daños que ello pudiere ocasionarte (conf. arts. 8 y 17 de las Condiciones Generales del Transporte Aéreo-Resolución 1532/98 -Anexo I- del ex MEyOySP).
Condiciones generales del contrato de transporte
Deber de información
El presente documento tiene por objeto informar al pasajero de sus derechos y obligaciones en relación con la contratación de los servicios de Aerolíneas Argentinas, a cuyo fin se sintetizan los aspectos más importantes contemplados en las reglamentaciones vigentes y nuestras regulaciones
Datos Personales. Consentimiento:
La aceptación de estos Términos y Condiciones implica también autorización y consentimiento para compartir tu dirección de correo electrónico con Aerolíneas Argentinas y/o la/s aerolínea/s que intervenga/n en el itinerario, de conformidad lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos Personales, Ley N° 25.326 y con nuestra Política de Privacidad
Autoridad de aplicación
La aeronáutica comercial es regulada y controlada por la Autoridad Aeronáutica, que en la República Argentina es la Administración Nacional de Aviación Civil –ANAC- que garantiza la aplicación eficaz de los Derechos del Usuario del Transporte Aéreo de Pasajeros y regulaciones de los transportadores vos podes efectuar las correspondientes denuncias por incumplimientos a la normativa vigente, en la mesa de entradas de ANAC ubicada en la calle Hipólito Yrigoyen 250, Piso 12, Tel. 4349-7160, o a través de su sitio web: www.anac.gov.ar.
Concepto y alcance de los diferentes términos utilizados en el transporte aerocomercial
Documento de transporte: sustituye a la designación billete de pasaje, y constituye el título legal del contrato de transporte aéreo, que será emitido por cualquier medio escrito o electrónico y registrado en la base de datos del transportista. Habilita al pasajero a presentarse al embarque únicamente con su documentación personal en regla, evitando los problemas que se presentaban ante la pérdida, adulteración o rotura del billete de pasaje físico.
Equipaje registrado: es el que recibe el transportador para su custodia y que debe transportar en bodega de la misma aeronave que el pasajero, salvo que existan razones técnicas, de estibaje, de horario u otras justificables que lo impidan. La cantidad de bultos y peso individual queda registrado en la base de datos utilizada para la aceptación del pasajero en el aeropuerto y se emite un talón de identificación de equipaje para cada bulto.
Franquicia: El transportador puede determinar la existencia de una franquicia de equipaje, de acuerdo a la ruta y tarifa abonada.
Compensación de peso: Cuando dos o más pasajeros viajen juntos bajo un mismo código de reserva, se permitirá la compensación del peso, o del número de piezas, de sus respectivos equipajes hasta el límite autorizado. En igual forma se procederá en el caso de denegaciones, en tanto la compensación sea solicitada al momento del despacho.
Contenido del equipaje-Declaración de valor: está constituido por los artículos, efectos y otra propiedad personal del pasajero, necesarios o apropiados para vestimenta, uso, comodidad o conveniencia en relación con el viaje. Mediante una declaración especial de valor al momento de la entrega y acreditando el pago de un cargo si así lo exigieren las regulaciones del transportador, éste se obliga ante un siniestro a pagar el importe declarado a menos que éste sea superior al valor real del equipaje que debió entregar al pasajero en el lugar de destino.
Contenido prohibido: El pasajero no incluirá en su equipaje registrado: dinero, joyas, títulos negociables, acciones u otros valores comerciales o bancarios, documentos de negocios, contratos; ni equipamientos electrónicos tales como: cámaras de video, máquinas fotográficas, notebooks, teléfonos celulares y sus accesorios, y todo otro tipo de aparato electrónico, que deben transportarse como equipaje de mano.
Endoso: es la transferencia de un pasajero de un transportador aéreo a otro. El transportador endosante emitirá un documento denominado FIM “manifiesto de interrupción de vuelo” mediante el cual asume el costo de los servicios y es la base para la facturación de los mismos por el endosatario.
Reserva: es el mantenimiento de la oferta del lugar físico en el avión en la clase tarifaria requerida por el pasajero y registrada conforme la disponibilidad hasta una fecha y hora fijada por el transportador. La emisión del documento de transporte hace invariables esas condiciones, las que se extienden a la clase de la tarifa reservada, pero no al precio, en tanto éste sufra variaciones antes de la emisión.
Servicio incidental: comprende todo el proporcionado por el transportador en razón de contingencias imprevistas, que produzcan reencaminamiento del pasajero, cambio de ruta u horario o cualquier otra circunstancia cuyo cargo deba asumir el transportador.
Conexión: es la continuación de un viaje en un punto de la ruta por el mismo u otro transportador, según figure registrado en el documento de transporte con indicación de vuelo, fecha y reserva confirmada.
Tarifa: Es el precio del transporte aéreo para cubrir una determinada ruta. Comprende una franquicia de equipaje, y se ajusta a la naturaleza y condiciones del servicio prestado.
Tarifa sin derecho a devolución -(No Refund): Es la condición especial de ciertas tarifas económicas, generalmente con esta restricción para el uso del ticket.
Web Chek-In: Es el procedimiento informático de aceptación de pasajeros al embarque realizado por el pasajero sin intervención de personal del aeropuerto.
Presentación y aceptación del pasajero a embarcar
El pasajero deberá hacerse presente en los aeropuertos de partida, con la anticipación necesaria de acuerdo a lo indicado por el transportador, reglamentaciones aeroportuarias vigentes y munido de la documentación que acredite su identidad, así como de toda aquella que requieran las autoridades competentes (ej. sanitarias) para que pueda cumplirse con los trámites de aceptación, despacho y procedimientos de seguridad. En los vuelos internacionales, también con los que correspondan a Migraciones y Aduana. El pasajero que se presente en el mostrador de aceptación después del horario límite fijado para finalizar el despacho operativo del vuelo, se considerará como no presentado a embarcar, sin perjuicio de la aplicación del régimen sobre "no show" establecido en las Condiciones Generales del Contrato de Transporte Aéreo y las Condiciones del Transportador.
El transportador podrá habilitar la aceptación de pasajeros adultos vía informática (web check-in), sólo con ticket electrónico; siempre que no requieran asistencia especial, viajen con o sin equipaje registrado. En el primer caso, sólo deberá cumplir en el aeropuerto con el despacho del mismo.
El transportador tendrá la facultad de verificar la identidad del pasajero en el momento de embarco, y consultar la base de datos en donde se encuentran listadas las personas consideradas como peligrosas para la seguridad del transporte aéreo, quedando, en tal caso, legalmente facultado a denegar el transporte.
El transportador podrá establecer listas de espera a través del sistema de reservas con el código HL y en los aeropuertos para atender a los pasajeros.
Negativa y limitación al transporte de pasajeros
El transportador puede negar el transporte de cualquier pasajero y/o de su equipaje por razones de seguridad o si: I) Esta acción es necesaria para cumplir con una norma legal aplicable, regulaciones u órdenes de cualquier Estado desde el cual, dentro del cual o hacia el cual se realizará el transporte o si el pasajero no posee la documentación debida o que no haya cumplido con las leyes, regulaciones, disposiciones, exigencias o requisitos aplicables, o cuyos documentos no estén en regla. II) La conducta, edad o estado mental o físico del pasajero es tal que: -requiera asistencia especial del transportador; u -origine peligro o riesgo para sí mismo o para otras personas o propiedades; o -ponga en peligro la seguridad de la aeronavegación; -no cumplan con las instrucciones impartidas por el transportador dentro de un marco de razonabilidad; o -se haya negado a cumplir con un control de seguridad III) La tarifa aplicable o cualquier cargo o tasa no han sido abonados, o haya incurrido la utilización de medios de pago, sin autorización de sus titulares,
Las personas enfermas, intervenidas quirúrgicamente, o que por su grado de discapacidad requieran oxígeno a bordo o asistencia para movilizarse, deberán presentar el formulario de información médica (MEDIF) firmado y sellado por el médico actuante. Este informe deberá ser entregado 48 hs. hábiles previo a la salida del vuelo, en donde el pasajero tenga reserva, siendo el servicio médico de la transportadora, el que decidirá sobre la posibilidad del transporte y condiciones del mismo para su seguridad y la de los demás pasajeros. Queda excluido de estas condiciones el transporte sanitario.
El transportador/a permitirá el embarque a las mujeres embarazadas que no superen las 34 semanas de gestación en vuelos de hasta 3 horas de duración y a aquellas que no superen las 32 semanas de gestación para vuelos de mayor duración, sin completar certificado médico. No obstante, podrá requerir como requisito para su aceptación como pasajero, completar el formulario de “Transporte de pasajeras embarazadas”. En caso de duda, la aceptación queda a criterio del Servicio Médico de la transportadora.
Cumplimiento de horarios e itinerarios. Circunstancias extraordinarias
El transportador, salvo caso de fuerza mayor, debe cumplir con los horarios y los itinerarios publicados e indicados en el documento de viaje. No tendrá responsabilidad por el incumplimiento del horario cuando mediare una circunstancia extraordinaria e inevitable que justificare la demora en la ejecución del vuelo.
Se consideran “circunstancias extraordinarias” que limitan o excluyen la responsabilidad del transportador, aquellas que no hubieran podido evitarse incluso si se hubiesen tomado todas las medidas razonables. Dichas circunstancias pueden producirse en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas ajenas a la empresa transportadora que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuarlo. Sólo se considerará como eximente la huelga de empleados de la transportadora cuando la autoridad laboral haya dictado una normativa de alcance particular para asegurar la cobertura de vuelos mínimos de emergencia que obliga a reanudar el servicio y no es acatada.
Responsabilidad por daños a pasajeros y equipaje
El transportador es responsable sólo por los daños a sus pasajeros producidos a bordo de la aeronave y durante las operaciones de embarque y desembarque.
En cuanto a contingencias del “equipaje registrado” del pasajero el transportador es responsable desde el momento de la aceptación del mismo en el mostrador del aeropuerto donde es registrado por cantidad y peso de cada uno de los bultos, hasta su entrega en el destino indicado en el documento de transporte. El equipaje no registrado, también denominado “de mano”, queda bajo custodia del pasajero, respondiendo excepcionalmente el transportador. Si el pasajero se presentare a la puerta de embarque con equipaje de mano que supere las dimensiones y peso permitido por el transportador o la autoridad aeroportuaria, le será remitido a bodega como equipaje registrado. Todas las reparaciones indemnizatorias se encuentran limitadas conforme la legislación nacional y tratados internacionales aprobados por la República.
Reclamos directos al transportador
En el caso de faltante o daño al equipaje, el pasajero podrá presentarse, antes de retirarse del aeropuerto en la oficina de reclamos del transportador. Allí, éste le entregará un formulario en donde declarará el contenido y estimación del valor del daño o faltante. La recepción por el transportador de este formulario con la información declarada por pasajero y firmada por éste, cumplirá los efectos legales del protesto aeronáutico, quien instruirá un expediente de reclamo que deberá ser resuelto en un plazo de 30 (treinta) días. Esta reclamación es requisito para la admisión de una eventual acción judicial.
En caso que dicho formulario no haya sido completado, el transportador deberá atender los reclamos por pérdida, destrucción, retardo, daño o faltante del equipaje en el acto de la entrega, en el transporte interno, como máximo dentro de los TRES (3) días desde la fecha de entrega para los casos de daños o faltante, y de DIEZ (10) días en que debieron ser puestas a su disposición, en el caso de equipaje no acompañado o mercancía en los supuestos de pérdida, destrucción o retardo.
Se aclara al pasajero que, si el reclamo lo presentase luego de retirarse del aeropuerto, quedará a su cargo probar que los daños o faltantes se produjeron durante el transporte aéreo.
Ante cualquier reclamo o consulta relativo a los bienes y/o servicios adquiridos por los socios de American Express, comunicate previamente con Aerolíneas Argentinas al Contact Center al siguiente nro: +54 11 5199-3555, o a través del siguiente enlace www.aerolineas.com.ar/es-ar/reservas-servicios/puntos-de-contacto.
Para la compra de los tramos desde / hacia Lima, el pago on-line se encuentra habilitado únicamente para los vuelos que sean posteriores a las 72 horas corridas a contar desde la fecha de creación de la reserva.
Legislación aplicable
Para el contrato de transporte aéreo de cabotaje, y sus prestaciones incidentales, regirá las disposiciones del Código Aeronáutico de la República Argentina y su reglamentación referida a los Derechos del Usuario del Transporte Aéreo de Pasajeros.
Cualquier acción por daños derivados en la celebración y ejecución del contrato de transporte aéreo de pasajeros y equipaje, cualquiera sea su título, solamente podrá ejercitarse dentro de las condiciones de las reglamentaciones vigentes y límites del Código Aeronáutico, encontrándose expresamente excluida la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor conforme Decreto 565/08.
El documento de transporte es válido por un año desde la fecha de emisión, a menos que se haya estipulado otra particular, de acuerdo a las condiciones de la tarifa abonada por el pasajero.
Cancelación de reserva
El transportador puede cancelar una reserva si el pasajero no ha hecho emitir su documento de viaje previo al tiempo límite especificado en la reserva para su emisión. Si el documento de transporte estuviera emitido, el pasajero podrá cancelar su reserva asumiendo los cargos previstos en las condiciones de su tarifa.
Cancelación automática de reserva de continuación de viaje
Si un pasajero no utiliza una reserva correspondiente a un documento de transporte ya emitido y no avisa al transportador, los sistemas de reservas cancelarán todos los tramos subsiguientes no volados una vez cerrada la aceptación para el embarque de pasajeros para ese vuelo en el aeropuerto. Para la continuación del viaje o el retorno deberán efectuar una nueva reserva, caso contrario el documento de viaje quedará en la condición de fecha abierta.
Cargo al pasajero por su no presentación a la partida del vuelo (no show)
Cuando un pasajero no utilice el espacio con reserva confirmada, el transportador podrá aplicar un cargo, conforme las condiciones de la tarifa. Asimismo, este cargo será aplicable al pasajero que no se haya presentado al mostrador de aceptación después del horario límite fijado para finalizar el despacho operativo del vuelo.
Aviso a los pasajeros internacionales
Para estos pasajeros regirán las condiciones indicadas, la reglamentación vigente en cuanto a los Derechos del Usuario del Transporte Aéreo de Pasajeros y el Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional suscripto en la ciudad de Montreal y aprobado por Ley 26.451 que limita la responsabilidad del transportista aéreo.
Los plazos para realizar reclamos serán de siete (7) días para el equipaje facturado a partir de su recibo y veintiún (21) días para el retraso desde que el equipaje ha sido puesto a disposición del pasajero.
El transportista que emite documentos de transporte por las líneas de otro transportista, actúa sólo como agente de éste.
Tasas e impuestos: El precio que figura en el documento de transporte incluye la tarifa y pueden incluir los impuestos que gravan el transporte aéreo. Se podrá requerir el pago de tasas e impuestos que no hayan sido recaudados al momento de la emisión.
El pasajero deberá cumplir todos los requisitos gubernamentales del viaje y presentar los documentos de salida, entrada y demás exigidos, así como llegar al aeropuerto a la hora señalada por el transportista o, si no se hubiera fijado ninguna, con la antelación suficiente que le permita cumplimentar los trámites de salida. Su incumplimiento implicará la inclusión del pasajero en el régimen para los pasajeros no presentados –no show-.
JURISDICCIÓN
Toda cuestión que se suscite entre las partes por cualquier motivo relacionado con el contrato de transporte emitido a través de Aerolineas Argentinas.S.A, adquirido en forma presencial o entre ausentes ( web), incluyendo entre otras cuestiones, validez, interpretación, alcances, cumplimiento, asimismo, los reclamos a los que diere lugar su incumplimiento, se resolverán en los Tribunales Nacionales de la Ciudad de Buenos Aires
Asistencias Especiales
Hacé click aquí para conocer las condiciones sobre Asistencias Especiales
Cualquier información adicional sobre las condiciones de transporte y requerimientos para su viaje, lo puede consultar en el siguiente link.