Impuesto PAIS

Avión Aerolíneas Argentinas

 

Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria ("PAIS")

 

Informamos a los Sres. pasajeros que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35, inciso e) de la Ley N°27.541, a partir del 23.12.19, se estableció con carácter​ de emergencia, por el término de cinco (5) períodos fiscales un impuesto, aplicable en todo el territorio de la Nación, sobre sendas operaciones, entre ellas, la adquisición de servicios de transporte aéreo internacional.

En cumplimento con la Resolución General de AFIP N° 4659/2020 (la"Resolución"), se informa a los Sres. pasajeros que la percepción del impuesto denominado "Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria ("PAIS") será practicada bajo el código O5 que figura discriminado en el ticket aéreo bajo la leyenda "IMPUESTO PAIS".

Por último, se informa que, de acuerdo con la Disposición Transitoria, artículo 13 de la Resolución General AFIP 4659/2020 publicada en Boletín Oficial el 7 de enero de 2020, los pasajeros que no hubieran abonado el impuesto correspondiente desde la entrada en vigencia de la ley, deberán ingresarlo de forma directa mediante la generación de un VEP a través de la página de AFIP. Se considerará ingresado en término si se efectúa hasta el día 20 de enero de 2020, inclusive.