Condiciones
Consideraciones Generales
Las tarifas expresadas en dólares (USD) para vuelos dentro y fuera del país son válidas para residentes en el país y compras realizadas dentro del territorio chileno. Si usted no es residente chileno por favor, haga su reserva ingresando a la página web de su país de residencia.
Sistema de Reservas de Aerolíneas Argentinas
Antes de efectuar su reserva o consultar nuestros horarios y tarifas, te sugerimos leer atentamente las siguientes condiciones generales de nuestro Sistema de Reservas y compras On-line.
1. Consultas
Para consultar horarios, disponibilidad y tarifas de los vuelos de Aerolíneas Argentinas, no es necesario que deje sus datos personales y su número de tarjeta de crédito.
2. Reservas
Puede reservar pasajes en vuelos de Aerolíneas Argentinas hasta un máximo de 9 (nueve) pasajeros.
Luego de realizado el pago on-line obtendrá automaticamente un codigo de reserva. Una vez efectuado el mismo recibirá un mail con los datos de su reserva y pago.
Para asegurarse la obtención de los pasajes a la tarifa estimada, los mismos deben adquirirse en el país de origen.
3. Pagos y Emisión
Pago y emisión on-line
Podrá abonar sus reservas realizadas en nuestra página web dentro de 4 horas de efectuada su reserva y aquellas reservas efectuadas en nuestras bocas de venta habilitadas hasta 30 minutos antes del vencimiento con tarjetas Amex/Diners/Visa/ Visa debito/Master/Master debit y emitir su ticket electrónico.Este servicio está habilitado para todas las rutas operadas por Aerolíneas Argentinas y el/los tramos con otras compañías con que Aerolíneas Argentinas tiene acuerdo.
Cualquier reclamo o consulta por los bienes y/o servicios adquiridos por los socios AMEX, el pagador deberá comunicarse previamente con Aerolíneas Argentinas al Whatsapp
En el caso que la reserva no sea abonada vía web, podrá pagar su ticket en alguna de nuestras sucursales.
El pago on-line desde/ hacia Lima está habilitado únicamente para reservas cuyos vuelos sean posteriores a las 72 horas corridas de la fecha de creación de la reserva.
Devoluciones
Si su tarifa admite devolución, la misma debe solicitarse a través del formulario online creado para tal fin.
Las devoluciones se realizaran al mismo medio de pago con que fue abonado el ticket.
Cambios
Comprando tu ticket hasta el 30 de junio de 2021, podrás realizar 1 modificación sin pagar penalidad por cambio, sólo abonarás la diferencia de tarifa si la hubiera. Con esta condición se permitirá 1 (un) único cambio el cual deberá realizarse antes de la fecha de inicio del viaje original. Ver resto de las condiciones aquí.
Condiciones generales:
Será responsabilidad exclusiva del cliente la de asegurarse de realizar sus compras con Aerolíneas Argentinas o Agentes de Viajes Autorizados. Aerolíneas Argentinas no se responsabilizará por las actividades realizadas por terceros no autorizados.
Pagos con tarjeta de crédito/débito:
La transacción será cursada y debitada tan pronto el cliente haga click en el botón PAGAR.
Nuestro sitio web aerolineas.com, opera a través de diferentes comercios según el país y algunas tarjetas/bancos podrán aplicar cargos adicionales ante transacciones internacionales. Para mayor información le sugerimos efectuar la consulta a su banco emisor.
Dentro de las 24 horas de efectuada la compra o hasta 4 horas antes de la partida del vuelo (lo que ocurra primero), Aerolíneas Argentinas se reserva el derecho de cancelar la compra y emisión de tickets/ emd, generando un reembolso del 100% de los cargos asociados. Este reembolso será procesado de inmediato y los plazos de acreditación dependerán del banco emisor de la tarjeta, pudiendo ser de hasta 15 días corridos.
En caso que se tome la decisión de cancelar su compra, la misma será comunicada por correo electrónico al correo asociado a la reserva y la misma permanecerá activa por 24 horas, permitiendo que se efectúe una nueva compra en forma presencial en las Oficinas Comerciales de Aerolíneas Argentinas y Aeropuertos.
Asimismo, Aerolíneas Argentinas se reserva el derecho de requerir la presencia del pagador junto con la presentación de su documento de identidad y la tarjeta de crédito/débito utilizada para la compra del ticket en cualquier momento de su itinerario.
Ante la imposibilidad de llevar a cabo esta validación, se brindará la posibilidad de realizar nuevamente el pago en forma presencial con cualquiera de los medios de pago habilitados y posteriormente solicitar la devolución proporcional del importe abonado con anterioridad.
Aerolíneas Argentinas se reserva el derecho de denegar embarque y/o utilización del servicio en caso que incumplimiento de cualquiera de las condiciones de compra con tarjeta de crédito/débito aquí expuestas.
4. Aerolíneas Plus
Los vuelos con origen - destino Doha AR1900 a 1911 no suman millas, no permite cambios ni devoluciones.
Menores No Acompañados
Para efectuar una reserva para menores que deban viajar solos deberá comunicarse con nuestro Call Center al 0-800-52200 o por el Whatsapp.
Vuelos Nacionales / Regionales / Internacionales
Los menores de 2 a 5 años sin cumplir deberán viajar obligatoriamente acompañados por sus padres o responsables a cargo. No se podrá optar por el servicio de Menor no acompañado.
Los menores de 5 a 12 años sin cumplir:
- Viajando sin acompañante: deberán solicitar el servicio de menor no acompañado.
- Viajando con acompañante mayor de 18 años: No requiere el servicio de menor no acompañado.
Artículos restringidos
Hace click aquí para conocer los objetos que no podrá embarcar ni despachar.
Aviso a pasajeros no residentes en Bolivia
Las tarifas expresadas en pesos (ARS) para vuelos dentro y fuera del país, sólo son válidas para residentes en el país y para compras realizadas dentro del territorio boliviano. Si no es residente chileno por favor, realice su reserva ingresando a la página web de su país de residencia.
Consulte aquí los cargos adicionales aplicables para emisiones en otros países.
Responsabilidades
Si el viaje del pasajero incluye un destino o parada en un país que no sea el de salida, se puede aplicar el Convenio de Varsovia y sus modificaciones de los Protocolos de La Haya y Montreal, según corresponda, que en la mayoría de los casos limitan la responsabilidad de los transportadores por muerte o daño personal y con respecto al equipaje dañado o extraviado.
Si el viaje del pasajero se inicia y termina dentro del territorio argentino, sin escalas previstas en el exterior, se aplica el Código Aeronáutico de la República Argentina que, en la mayoría de los casos, limita la responsabilidad de los transportadores por muerte o daño personal y con respecto al equipaje dañado o extraviado.
Se les recuerda a todos los pasajeros que para realizar su viaje, previo al mismo , deberán consultar la documentación necesaria para salir del país y para desembarcar en el punto de destino, y que se ha cumplido con las regulaciones, disposiciones y requisitos de viaje de los países desde y hacia los cuales se viajará como con las disposiciones del transportador; en caso de no presentar dicha documentación al momento de embarque la empresa podrá denegar el mismo , no haciéndose responsable por los daños que esto le ocasione al pasajero.
Condiciones generales del contrato de transporte
Deber de información
El presente documento tiene por objeto tener informado al pasajero de sus derechos y obligaciones al momento de contratar los servicios de nuestras compañías haciendo un resumen de los aspectos más importantes de los mismos contemplados en las reglamentaciones vigentes y las regulaciones de las transportadoras Aerolíneas Argentinas S.A.
Concepto y alcance de los diferentes términos utilizados en el transporte aerocomercial
Documento de transporte: sustituye a la designación billete de pasaje, y constituye el título legal del contrato de transporte aéreo, que será emitido por cualquier medio escrito o electrónico y registrado en la base de datos del transportista . Habilita al pasajero a presentarse al embarque únicamente con su documentación personal en regla, evitando los problemas que se presentaban ante la pérdida, adulteración o rotura del billete de pasaje físico.
Equipaje registrado: es el que recibe el transportador para su custodia y que debe transportar en bodega de la misma aeronave que el pasajero, salvo que existan razones técnicas, de estibaje, de horario u otras justificables que lo impidan. La cantidad de bultos y peso individual queda registrado en la base de datos utilizada para la aceptación del pasajero en el aeropuerto y se emite un talón de identificación de equipaje para cada bulto.
Franquicia: El transportador puede determinar la existencia de una franquicia de equipaje, de acuerdo a la ruta y tarifa abonada.
Compensación de peso: Cuando dos o más pasajeros viajen juntos bajo un mismo código de reserva, se permitirá la compensación del peso, o del número de piezas, de sus respectivos equipajes hasta el límite autorizado. En igual forma se procederá en el caso de denegaciones, en tanto la compensación sea solicitada al momento del despacho.
Contenido del equipaje-Declaración de valor: está constituido por los artículos, efectos y otra propiedad personal del pasajero, necesarios o apropiados para vestimenta, uso, comodidad o conveniencia en relación con el viaje. Mediante una declaración especial de valor al momento de la entrega y acreditando el pago de un cargo si así lo exigieren las regulaciones del transportador, éste se obliga ante un siniestro a pagar el importe declarado a menos que éste sea superior al valor real del equipaje que debió entregar al pasajero en el lugar de destino.
Contenido prohibido: El pasajero no incluirá en su equipaje registrado: dinero, joyas, títulos negociables, acciones u otros valores comerciales o bancarios, documentos de negocios, contratos; ni equipamientos electrónicos tales como: cámaras de video, máquinas fotográficas, notebooks, teléfonos celulares y sus accesorios, y todo otro tipo de aparato electrónico, que deben transportarse como equipaje de mano.
Endoso: es la transferencia de un pasajero de un transportador aéreo a otro. El transportador endosante emitirá un documento denominado FIM “manifiesto de interrupción de vuelo” mediante el cual asume el costo de los servicios y es la base para la facturación de los mismos por el endosatario.
Reserva: es el mantenimiento de la oferta del lugar físico en el avión en la clase tarifaria requerida por el pasajero y registrada conforme la disponibilidad hasta una fecha y hora fijada por el transportador. La emisión del documento de transporte hace invariables esas condiciones, las que se extienden a la clase de la tarifa reservada, pero no al precio, en tanto éste sufra variaciones antes de la emisión.
Servicio incidental: comprende todo el proporcionado por el transportador en razón de contingencias imprevistas, que produzcan reencaminamiento del pasajero, cambio de ruta u horario o cualquier otra circunstancia cuyo cargo deba asumir el transportador.
Conexión: es la continuación de un viaje en un punto de la ruta por el mismo u otro transportador, según figure registrado en el documento de transporte con indicación de vuelo, fecha y reserva confirmada.
Tarifa: Es el precio del transporte aéreo para cubrir una determinada ruta. Comprende una franquicia de equipaje, y se ajusta a la naturaleza y condiciones del servicio prestado.
Tarifa sin derecho a devolución -(No Refund): Es la condición especial de ciertas tarifas económicas, generalmente con esta restricción para el uso del ticket.
Web Chek-In: Es el procedimiento informático de aceptación de pasajeros al embarque realizado por el pasajero sin intervención de personal del aeropuerto.
Presentación y aceptación del pasajero a embarcar
El pasajero deberá hacerse presente en los aeropuertos de partida, con la anticipación necesaria de acuerdo a lo indicado por el transportador y reglamentaciones aeroportuarias vigentes, para que pueda cumplirse con los trámites de aceptación y despacho y procedimientos de seguridad y en los vuelos internacionales, también con los que correspondan a migraciones y aduana. El pasajero que se presente en el mostrador de aceptación después del horario límite fijado para finalizar el despacho operativo del vuelo, se considerará como no presentado a embarcar sin perjuicio de la aplicación del régimen sobre "no show" establecido en el Reglamento y las Condiciones del Transportador.
El transportador podrá habilitar la aceptación de pasajeros adultos mediante vía informática, web check-in, sólo con ticket electrónico, y de pasajeros que no requieran asistencia especial, tanto en condición con o sin equipaje registrado. En el primer caso, sólo deberá cumplir en el aeropuerto con el despacho del mismo. En caso que un pasajero luego de aceptado por este procedimiento no se presente a embarcar, el transportador podrá considerar perdido el derecho a reintegro del tramo.
El transportador tendrá la facultad de verificar la identidad del pasajero en el momento de embarco, y consultar las bases de datos en donde se encuentran listadas las personas calificadas para la aerolínea, como peligrosas para la seguridad del transporte aéreo, quedando, en tal caso, facultado a denegar el transporte.
El transportador podrá establecer listas de espera a través del sistema de reservas con el código HL y en los aeropuertos para atender a los pasajeros.
Negativa y limitación al transporte de pasajeros
El transportador puede negar el transporte de cualquier pasajero y/o de su equipaje por razones de seguridad o si: I) Esta acción es necesaria para cumplir con una norma legal aplicable, regulaciones u órdenes de cualquier Estado desde el cual, dentro del cual o hacia el cual se realizará el transporte o si el pasajero no posee la documentación debida o que no haya cumplido con las leyes, regulaciones, disposiciones, exigencias o requisitos aplicables, o cuyos documentos no estén en regla. II) La conducta, edad o estado mental o físico del pasajero es tal que: -requiera asistencia especial del transportador; u -origine peligro o riesgo para sí mismo o para otras personas o propiedades; o -ponga en peligro la seguridad de la aeronavegación; -no cumplan con las instrucciones impartidas por el transportador dentro de un marco de razonabilidad; o -se haya negado a cumplir con un control de seguridad.
Las personas enfermas, intervenidas quirúrgicamente, o que por su grado de discapacidad requieran oxígeno a bordo o asistencia para movilizarse, deberán presentar el formulario de información médica (MEDIF) firmado y sellado por el médico actuante. Este informe deberá ser entregado 48 hs. hábiles previo a la salida del vuelo, en donde el pasajero tenga reserva, siendo el servicio médico de la transportadora, el que decidirá sobre la posibilidad del transporte y condiciones del mismo para su seguridad y la de los demás pasajeros, queda excluido de estas condiciones el transporte sanitario.
El transportador permitirá el embarque a las mujeres embarazadas que no superen las 34 semanas de gestación en vuelos de hasta 3 horas de duración y 32 semanas de gestación para vuelos de mayor duración, sin completar certificado médico. No obstante, podrá requerir como requisito para su aceptación como pasajero, completar el formulario de “Transporte de pasajeras embarazadas”. En caso de duda la aceptación queda a criterio del Servicio Médico de la transportadora.
Cumplimiento de horarios e itinerarios. Circunstancias extraordinarias
El transportador, salvo caso de fuerza mayor, debe cumplir con los horarios y los itinerarios publicados e indicados en el documento de viaje. No tendrá responsabilidad por el incumplimiento del horario cuando mediare una circunstancia extraordinaria e inevitable que justificare la demora en la ejecución del vuelo.
Se consideran “circunstancias extraordinarias” que limitan o excluyen la responsabilidad del transportador, aquellas que no hubieran podido evitarse incluso si se hubiesen tomado todas las medidas razonables. Dichas circunstancias pueden producirse en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas ajenas a la empresa transportadora que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuarlo. Sólo se considerará como eximente la huelga de empleados de la transportadora cuando la autoridad laboral haya dictado una normativa de alcance particular para asegurar la cobertura de vuelos mínimos de emergencia que obliga a reanudar el servicio y no es acatada.
Responsabilidad por daños a pasajeros y equipaje
El transportador es responsable sólo por los daños a sus pasajeros producidos a bordo de la aeronave y durante las operaciones de embarque y desembarque.
En cuanto a contingencias del “equipaje registrado” del pasajero el transportador es responsable desde el momento de la aceptación del mismo en el mostrador del aeropuerto donde es registrado por cantidad y peso de cada uno de los bultos, hasta su entrega en el destino indicado en el documento de transporte. El equipaje no registrado, también denominado “de mano”, queda bajo custodia del pasajero, respondiendo excepcionalmente el transportador. Si el pasajero se presentare a la puerta de embarque con equipaje de mano que supere las dimensiones y peso permitido por el transportador o la autoridad aeroportuaria, le será remitido a bodega como equipaje registrado. Todas las reparaciones indemnizatorias se encuentran limitadas conforme la legislación nacional y tratados internacionales aprobados por la República.
Reclamos directos al transportador
En el caso de faltante o daño al equipaje, el pasajero podrá presentarse, antes de retirarse del aeropuerto en la oficina de reclamos del transportador. Allí, éste le entregará un formulario en donde declarará el contenido y estimación del valor del daño o faltante. La recepción por el transportador de este formulario con la información declarada por pasajero y firmada por éste, cumplirá los efectos legales del protesto aeronáutico, quien instruirá un expediente de reclamo que deberá ser resuelto en un plazo de 30 (treinta) días. Esta reclamación es requisito para la admisión de una eventual acción judicial.
En caso que dicho formulario no haya sido completado, el transportador deberá atender los reclamos por pérdida, destrucción, retardo, daño o faltante del equipaje en el acto de la entrega, en el transporte interno, como máximo dentro de los TRES (3) días desde la fecha de entrega para los casos de daños o faltante, y de DIEZ (10) días en que debieron ser puestas a su disposición, en el caso de equipaje no acompañado o mercancía en los supuestos de pérdida, destrucción o retardo.
Se aclara al pasajero que si el reclamo lo presentase luego de retirarse del aeropuerto, quedará a su cargo probar que los daños o faltantes se produjeron durante el transporte aéreo.
Reconfirmación de reservas
Las reservas para continuación del viaje o de retorno pueden estar sujetas al requisito de reconfirmación, dentro de los plazos determinados en las regulaciones del transportador. De no cumplirse con este requisito, la reserva puede ser cancelada por el transportador, pasando a la condición de pasaje con “fecha abierta”.
Cancelación de reserva
El transportador puede cancelar una reserva si el pasajero no ha hecho emitir su documento de viaje previo al tiempo límite especificado en la reserva para su emisión. Si el documento de transporte estuviera emitido, el pasajero podrá cancelar su reserva asumiendo los cargos previstos en las condiciones de su tarifa.
Cancelación automática de reserva de continuación de viaje
Si un pasajero no utiliza una reserva correspondiente a un documento de transporte ya emitido y no avisa al transportador, los sistemas de reservas cancelarán todos los tramos subsiguientes no volados una vez cerrada la aceptación para el embarque de pasajeros para ese vuelo en el aeropuerto. Para la continuación del viaje o el retorno deberán efectuar una nueva reserva, caso contrario el documento de viaje quedará en la condición de fecha abierta.
Cargo al pasajero por su no presentación a la partida del vuelo (no show)
Cuando un pasajero no utilice el espacio con reserva confirmada, el transportador podrá aplicar un cargo, conforme las condiciones de la tarifa. Asimismo, este cargo será aplicable al pasajero que no se haya presentado al mostrador de aceptación después del horario límite fijado para finalizar el despacho operativo del vuelo.
Aviso a los pasajeros internacionales
Para estos pasajeros regirán las condiciones indicadas, la reglamentación vigente en cuanto a los Derechos del Usuario del Transporte Aéreo de Pasajeros y el Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional suscripto en la ciudad de Montreal y aprobado por Ley 26.451 que limita la responsabilidad del transportista aéreo.
Los plazos para las reclamaciones serán de siete (7) días para el equipaje facturado a partir de su recibo y veintiún (21) días para el retraso desde que el equipaje ha sido puesto a disposición del pasajero.
El transportista que emite documentos de transporte por las líneas de otro transportista, actúa sólo como agente de éste.
Tasas e impuestos: El precio que figura en el documento de transporte incluye la tarifa y pueden incluir los impuestos que gravan el transporte aéreo. Se podrá requerir el pago de tasas e impuestos que no hayan sido recaudados al momento de la emisión.
El pasajero deberá cumplir todos los requisitos gubernamentales del viaje y presentar los documentos de salida, entrada y demás exigidos, así como llegar al aeropuerto a la hora señalada por el transportista ó, si no se hubiera fijado ninguna, con la antelación suficiente que le permita cumplimentar los trámites de salida. Su incumplimiento implicará la inclusión del pasajero en el régimen para los pasajeros no presentados –no show-.
Solicitamos leer atentamente las Limitaciones a la Responsabilidad y las Condiciones de Seguridad que regulan los servicios que se brindan a través de la red. Ante cualquier consulta no dude en contactarse con nuestra oficina local.